
Estados Unidos subió al 12,5 % el arancel a productos colombianos. Conozca las exclusiones, los sectores afectados y el nuevo Decreto 1444 de 2026.
En julio de 2026 recibió el 28,5 % de las exportaciones colombianas, según datos del DANE. Por eso cualquier cambio en su política arancelaria afecta directamente a miles de empresas del país. El 23 de julio de 2026 el Gobierno estadounidense anunció un ajuste que todo exportador debe conocer.
¿Qué anunció Estados Unidos?
La Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR) elevó del 10 % al 12,5 % el arancel adicional sobre productos colombianos. El recargo del 10 % venía aplicándose de forma temporal desde febrero de 2026, y la nueva tarifa rige desde el 24 de julio de 2026.
Según el USTR, el motivo es que Colombia no había adoptado ni aplicado de forma efectiva una prohibición a la importación de mercancías producidas con trabajo forzoso.
Regla de transición: la mercancía embarcada antes del 24 de julio y que ya estaba en tránsito pudo ingresar con la tarifa anterior hasta el 28 de julio de 2026.
Productos excluidos del nuevo arancel
Buena parte de la canasta exportadora colombiana quedó por fuera de la medida:
Café, cacao y sus derivados
Banano, plátano, aguacate, piña, mango y otras frutas tropicales
Petróleo, productos energéticos y carbón
Oro y metales preciosos
Productos farmacéuticos
Ciertos bienes sujetos a las medidas de la Sección 232
Gracias a estas exclusiones, analistas económicos calculan que el arancel efectivo sobre el total exportado pasa apenas del 3,0 % al 3,6 %.
Sectores más afectados
Flores: es el caso más sensible. Cerca del 80 % de sus ventas externas van a Estados Unidos, y Colombia abastece alrededor del 60 % de ese mercado.
Confitería, chocolatería y alimentos procesados
Cosméticos y bienes manufacturados en general
La respuesta de Colombia: Decreto 1444 de 2026
El 28 de septiembre de 2026 el Gobierno expidió el Decreto 1444, que prohíbe de forma expresa importar mercancías elaboradas total o parcialmente con trabajo forzoso. Estos son sus puntos clave:
La DIAN hace cumplir la norma y puede inspeccionar, aprehender mercancía y aplicar sanciones.
Se crean listas indicativas de riesgo por sectores, actividades o proveedores.
Los importadores deben reforzar la debida diligencia sobre su cadena de suministro.
El decreto rige desde su publicación.
Así, la medida también afecta a quien importa, no solo a quien exporta.
Qué deben hacer las empresas colombianas
Revisar la subpartida arancelaria de cada producto para confirmar si está dentro de las exclusiones.
Recalcular los precios de venta en términos DDP o DAP hacia Estados Unidos, incluyendo el nuevo arancel.
Diversificar mercados. Panamá, Países Bajos, China, Italia, Canadá y Brasil también figuran entre los principales destinos de exportación colombianos.
Documentar la trazabilidad de proveedores, sobre todo si importa insumos de sectores catalogados como de riesgo.
Planear la logística con anticipación, porque los tiempos de embarque definen qué tarifa se aplica.
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